Sala de Prensa
07/02/2018
Identidad nacional, base legal y más garantías para el autogobierno, claves de la propuesta de EAJ-PNV
EAJ-PNV ha presentado el documento que recoge su propuesta de bases y principios para la actualización del Autogobierno Vasco a través de una reforma del Estatuto de Autonomía de Gernika. Se trata de una propuesta legal, abierta y democrática que eleva el Autogobierno Vasco a un estatus nacional
Propuesta de EAJ-PNV para la actualización del Autogobierno Vasco
DOCUMENTOS - 07/02/2018
- Los Derechos Históricos, amparados y reconocidos por la Disposición Adicional Primera de la Constitución y por el Estatuto de Gernika, serán la base de una relación singular y bilateral con el Estado basada en el pacto y el reconocimiento de la realidad nacional de ambas partes
- El texto articulado que se elabore reconocerá que Euskadi es una nación y regulará el ejercicio pactado del derecho democrático de la ciudadanía vasca a decidir su estructura política y su régimen de convivencia, es decir, a decidir sobre su futuro
- El Nuevo Estatus deberá renovar nuestro haber competencial a través de un Concierto Político homologable al Económico; reconocer el derecho a establecer vínculos políticos y de cooperación con Navarra, Lapurdi, Zuberoa y Baxe-Nafarroa; y profundizar en Derechos Sociales
EAJ-PNV ha presentado esta mañana, en el transcurso de la reunión que la Ponencia de Autogobierno ha celebrado en el Parlamento Vasco, el documento que recoge su propuesta de bases y principios para la actualización del Autogobierno Vasco a través de una reforma del Estatuto de Autonomía de Gernika. Se trata de una propuesta legal, abierta y democrática que eleva el Autogobierno Vasco a un estatus nacional. El reconocimiento de la identidad nacional del Pueblo vasco; el derecho democrático de la ciudadanía vasca a decidir su estructura política y su régimen de convivencia a través de la actualización de los Derechos Históricos que reconocen y amparan la Disposición Adicional Primera de la Constitución Española y la Disposición Adicional Única del Estatuto de Gernika; una nueva y clara delimitación competencial, basada en la singularidad y bilateralidad que consagre una nueva figura, la de las competencias concertadas; el establecimiento de un verdadero y efectivo sistema concertado de garantías; la profundización de los derechos sociales con la ampliación de derechos y deberes de la ciudadanía; el afianzamiento de relaciones económicas, financieras y tributarias sobre la base del respeto mutuo y garantizadas a través del sistema de Concierto Económico; o la representación de Euskadi en las instituciones y organismos europeos e internacionales son los pilares sobre los que descansa la propuesta jeltzale. EAJ-PNV afronta la próxima fase de la Ponencia de Autogobierno con mentalidad abierta y constructiva y desde su característica vocación de diálogo y acuerdo.
Para EAJ-PNV, los Derechos Históricos, amparados y reconocidos por la Constitución Española y por el Estatuto de Gernika, deben ser la base de una nueva relación singular y bilateral con el Estado basada en el pacto y el reconocimiento de la realidad nacional de ambas partes. Desde el punto de vista jeltzale, el texto articulado que se elabore sobre estas bases y principios deberá ser la formulación jurídico-positiva de un ejercicio pactado del derecho democrático de la ciudadanía vasca a decidir su estructura política y su régimen de convivencia, es decir, a decidir sobre su futuro, para lo cual habrá de dotársele a la voluntad mayoritaria de la ciudadanía de un valor normativo relevante. El texto articulado que actualice el Autogobierno Vasco deberá, en opinión de EAJ-PNV, expresar que Euskal Herria es un pueblo con identidad propia, y cuyo patrimonio lingüístico, cultural y jurídico-institucional propio y el sentido de pertenencia a una misma comunidad política forjan su identidad nacional. El reconocimiento de unos Derechos Históricos previos al marco constitucional y la voluntad colectiva expresada en el Artículo Primero del Estatuto de Gernika hacen que Euskadi pueda identificarse como una nacionalidad de carácter histórico. El Pueblo Vasco es Nación porque cumple con todos los parámetros establecidos en el Derecho Comparado y porque, además, así lo reconoce e identifica una mayoría de su ciudadanía. Su carácter histórico y su singularidad institucional están amparados y reconocidos por la propia Disposición Adicional Primera de la Constitución española.
El nuevo texto político deberá plantear un nuevo acuerdo convivencial con el Estado español, una relación que, siguiendo la tradición foral, se asiente en el concepto de interdependencia. Dicho concepto se sustenta en el principio del reconocimiento y acuerdo mutuo, y constituye un intento de modernizar y adaptar a los nuevos tiempos la operatividad de esa forma de relación bilateral característica de nuestros Derechos Históricos. Se configurará así el sujeto político-jurídico titular, sobre la base de un sistema de Concierto tanto Económico como Político, bien para la regulación de las relaciones intracomunitarias, bien para las relaciones hacia fuera, es decir, hacia el Estado y la Unión Europea en su conjunto. Esta actualización del Autogobierno Vasco ha de abocar, asimismo, a una verdadera renovación y fortalecimiento de la naturaleza pactada de nuestras instituciones públicas, pues no hay pacto sin un sistema recíproco de garantías. Dicho de otro modo, la interpretación y el cumplimiento de lo acordado no pueden quedar al arbitrio de una de las partes, ni en lo económico ni en lo político. Por ello, el proceso negociador ha de concretarse en un pacto regido por la bilateralidad efectiva, provisto de garantías y condiciones de lealtad. El acuerdo será requisito imprescindible para que cada norma en cuestión adquiera vigencia en el territorio vasco.
La actualización del Autogobierno debe incluir una renovación de nuestro haber competencial. Con el fin de garantizar que el poder político asumido por el sujeto político-jurídico titular cuente con la necesaria cobertura normativa, el fundamento jurídico-constitucional de los ítems atributivos de competencia al sujeto político-jurídico titular residirá en la Disposición Adicional Primera de la Constitución, si bien, dado el modelo relacional con el Estado que se propone, también el principio democrático sería fuente del nuevo haber competencial. Así, el texto articulado que se elabore configurará una suerte de Concierto Político, un haber competencial exclusivo y reservado que sea homologable al vigente Concierto Económico en concepción, estructura y operatividad. A tal efecto, las competencias previstas en el Estatuto de Gernika deben experimentar una importante transformación. En un primer bloque deberán figurar las “materias concertadas”, aquellas que, siendo sectoriales, expresan con especial intensidad la preservación del hecho diferencial e identitario vasco: lengua y cultura vascas, educación, seguridad, empleo público, derecho civil, régimen del Concierto Económico, la organización institucional propia de los tres niveles institucionales forales vascos (común, territorial y municipal) y la Administración de Justicia (en este último caso, con los condicionantes de la integración en el Poder Judicial unitario español). En dichos ámbitos la virtualidad del Concierto Político únicamente se verá condicionada por el contenido pactado de los derechos fundamentales y las normas estatutarias de armonización. Un segundo grupo reconocerá a las instituciones vascas la titularidad demanial y/o patrimonial de los recursos naturales de su ámbito territorial –que se extiende hasta el mar territorial– y de las infraestructuras sitas en el mismo. En tercer lugar, atribuirá a los poderes públicos vascos todas las facultades relacionadas con los sistemas de relaciones laborales y de protección o de seguridad social, que deben incluir la capacidad legislativa plena de Euskadi. Finalmente, definirá un espacio concertado con el Estado español en relación con el régimen jurídico y relacional de las Administraciones públicas (en particular, respecto a las relaciones con el Estado) y asimismo la necesidad de definir ese espacio concertado a fin de que se respeten las relaciones transfronterizas de Euskadi y su participación en el entorno europeo e internacional.
La actualización del Autogobierno Vasco también debe reconocer el derecho a establecer vínculos políticos y las relaciones internas de cooperación, tanto a nivel municipal como de cualquier otro ámbito territorial, que se consideren más adecuadas con la Comunidad Foral de Navarra y con los territorios vascos de Iparralde, Lapurdi, Zuberoa y Baxe-Nafarroa, para el desarrollo del bienestar social, económico y cultural, sin más limitación que la voluntad de la ciudadanía y las decisiones de sus instituciones representativas. Asimismo, la actualización del Autogobierno Vasco deberá reconocer la capacidad de representación de Euskadi en la Unión Europea, en las instituciones y organizaciones internacionales, así como la proyección internacional y de relaciones externas.
El proyecto político que impulsa esta iniciativa de actualización, reforma y renovación del pacto estatutario tiene asimismo por objeto la protección y el desarrollo de los ciudadanos y ciudadanas vascas, avanzando en el logro de la cohesión social y la igualdad de oportunidades, lo que supone la lucha permanente contra las desigualdades basadas en la injusticia. Para ello, la relevante dimensión de los Derechos Sociales ha de integrar toda una serie de principios rectores de la política social y económica.
En el documento de bases y principios, EAJ-PNV utiliza la expresión “sujeto político-jurídico” para referirnos al ente depositario del Nuevo Estatus Político. Ese sujeto jurídico-político debe tener un nombre que acompañe y defina a Euskadi, una cuestión de alto valor simbólico. Es nuestra voluntad compartir con los grupos políticos los diversos conceptos con los que hemos trabajado en el proceso de gestación de esta propuesta:
-Comunidad Foral Vasca: remite a los Derechos Históricos y a la foralidad que inspiran toda nuestra propuesta.
-Comunidad Nacional Vasca: pone de relieve la identidad nacional del Pueblo Vasco, el reconocimiento de la Nación vasca.
-Estado Autónomo Vasco: definición utilizada en el proyecto de Estatuto de 1931, nos remite al concepto estatal propio de los modelos federales o confederales que han sido propuestos por diversos partidos.
-Estado Foral: aúna el concepto estatal con nuestra singularidad foral histórica que ahora quiere actualizarse.
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